INFORMACIÓN URGENTE: PLAZO MÁXIMO HASTA EL 10 DE ABRIL

Los Autónomos podrán solicitar aplazamiento del pago de la cuota para el mes de abril en condiciones ventajosas (0,5% de interés de demora, interés siete veces inferior al que normalmente se establece). Deberá formalizarlo en los 10 primeros días naturales del mes de abril.

¿ Cómo hacerlo? 

  • Si dispone de certificado digital o clave permanente acceda al formulario en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS)

Acceso con certificado digital

  • Si No dispone de certificado digital ni clave permanente, de forma excepcional y por motivo del COVID-19, la Seguridad Social ha habilitado un modo de acceso para facilitar que cualquier interesado, que no disponga de los medios señalados, pueda presentar escritos y solicitudes un modo de acceso sin certificado

Acceso sin certificado digital.

No deberán solicitar aplazamiento aquellos autónomos a los que se les haya reconocido la Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad, ya que estarán exonerados del pago de la cuota de autónomo del mes de abril.

No podrán solicitar aplazamiento aquellos que tengan otro aplazamiento en vigor anterior.

Si desea conocer todas las medidas establecidas por el Gobierno para paliar el impacto económico y social del COVID-19, incluidas las nuevas publicadas desde el 1 de abril, rellene el siguiente formulario

Acceso al formulario

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